La Audiencia Provincial de Las Palmas ha concluido que la venta de chips que permitan usar las consolas o programar en ellas es legal siempre y cuando éstos no estén destinados exclusivamente al uso de juegos ilegales. Así se desprende de un auto publicado hoy, por el que el la Sección Segunda de la Audiencia desestima el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Española de Distribuidores y Editores de Software de Entretenimiento "EDESE", contra el Auto que les negó la razón en 2007.
En este caso, se entiende que el denunciante no pudo demostrar que el chip sólo se utilizase para jugar con videojuegos ilegales, sino que éste servía para otros usos.
No se cumplían los requisitos legales
Este auto cierra por el momento un caso que afecta a una tienda de Las Palmas, DVDConsolas, en la que uno de los tres imputados se encargaba de la reparación y modificación de las consolas. Los acusados, según contiene el propio auto, habían negado la venta de videojuegos copiados de manera no autorizada.
Según la sentencia, "el Auto impugnado acordó el sobreseimiento al no cumplirse el requisito, previsto en el tipo, de la finalidad específicamente dirigida a la supresión o neutralización de la protección de un programa de ordenador, al poder utilizarse los chips informáticos y el sistema "Swap Magic", no sólo para la utilizacion de juegos piratas, sino para múltiples utilidades, como permitir jugar con juegos originales de otros países o utilizar copias de seguridad de juegos originales, concluyendo que la venta e instalación de dichos sistemas en videoconsolas no es típica."
El Código Penal, en su artículo 270.3, castiga textualmente "a quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo", por lo que este caso no cumpliría los requisitos del supuesto típico.
El juez tampoco ve violación alguna de la propiedad industrial (artículo 273 y siguientes del Código Penal) a pesar de la modificación física de la consola.
Oleada de casos
No es la primera vez que los Tribunales se pronuncian sobre supuestos delitos contra la Propiedad Intelectual en relación a la venta de chips. La Audiencia Provincial de Valencia ya resolvió en 2008 un caso similar, desestimando igualmente la demanda contra otra tienda por la venta de estos dispositivos que modifican la PlayStation, por no poder probarse que el chip sólo sirviera para desprotegerlas y permitir así utilizar juegos no originales. A partir de ahí, varios casos han seguido el mismo camino.
Sin embargo, existen algunas sentencias en sentido contrario, como una resolución de la Audiencia de Zaragoza en la que se ordena la reapertura de un caso de "pirateo" de consolas que ya estaba archivado. Sin embargo, los Tribunales coinciden en que habrá que atender a cada caso específico.
Fuente: EcoDiario
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